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RECLAMACIONES - Responsabilidad patrimonial municipal

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RECLAMACIONES - Responsabilidad patrimonial municipal

Objeto

  • Solicitud de indemnización por daños materiales y/o personales, derivados de responsabilidad patrimonial de la Administración Municipal.

Condiciones de solicitud

  • Que no haya transcurrido un año desde que ocurrió el siniestro (en el caso de daños personales el plazo de un año empieza a partir de la fecha del alta médica).
  • Que los bienes o derechos del solicitante se hayan visto lesionados como consecuencia de responsabilidad administrativa.

Quién puede realizar el trámite

  • La persona física o jurídica interesada (debe acreditarse como tal).
  • Si lo solicita un representante: debe acreditar la representación por cualquier medio válido en derecho, o mediante declaración del interesado en comparecencia personal.

Documentación a presentar

  • Instancia general firmada electrónicamente.
  • Instancia general presentada en la Oficina de atención ciudadana (forma presencial).

En la instancia se indicará:

  • Nombre, dos apellidos y DNI del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente (importante incluir teléfono de contacto).
  • Lugar que se señala a efectos de notificaciones.
  • Se especificarán con toda claridad las lesiones o daños, la relación de la causa de estas con el funcionamiento de los servicios públicos, la evaluación económica, el momento, lugar y circunstancias de producción del daño, y la petición de indemnización.
  • Se acompañarán cuantas alegaciones, documentos e informaciones se estimen oportunos, como:

    • Parte de la Policía Municipal, si ha intervenido.
    • Testigos.
    • Fotos del lugar o del hecho.
    • Parte médico, en su caso.
    • Todo tipo de información que atestigüe el hecho.
       
  • EN RECLAMACIONES POR DAÑOS EN VEHÍCULOS:

    • Permiso de circulación, ITV y seguro en vigor.
    • Fotocopia del carnet de conducir.
    • Factura o presupuesto de reparación del vehículo.
       
  • La documentación presentada será original, o copia que será cotejada con el original en la propia unidad tramitadora.

Plazo para resolver

  • El plazo de resolución del expediente es de 6 meses desde la fecha de la solicitud, considerándose el silencio administrativo como negativo.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
TAFALLA - P3122700B
Plaza Francisco de Navarra, 5
31300 Tafalla (Navarra)
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